viernes, 6 de febrero de 2026

¿QUÉ SON LOS LANDMARKS? Por Francisco Ariza Rodríguez


 

LA IDEA DE "LANDMARK" EN LA MASONERÍA. Francisco Ariza

En su Principios de jurisprudencia masónica, el historiador Bernard E. Jones define los Old Landmarks (los "Antiguos Límites") de la siguiente manera:

“Los landmarks son reglas de conducta que han existido desde tiempo inmemorial -ya sean escritas u orales-, que son coesenciales a la Orden Masónica, que en opinión de la gran mayoría son inalterables, y que todo masón está obligado a mantener intactos, en virtud de los compromisos más solemnes e inviolables”.

Naturalmente estamos de acuerdo con estas apreciaciones, pues los límites, como los encuadres, en el contexto iniciático y tradicional tienen un sentido simbólico muy preciso relacionado con la idea de protección de un espacio sagrado. Aquí, ese “espacio” no es otro que la propia Masonería. También, todo límite indica aquello que no se ha de “sobrepasar”; por lo tanto, entraña en sí mismo una “obediencia” a ciertas reglas (o sea a pautas y normas) que se aceptan como medida para mantener un orden y equilibrio necesario. Son, por tanto, las “vigas maestras”, los puntos esenciales que cohesionan y sostienen la estructura del edificio masónico en su funcionamiento como Institución iniciática. Sin esas “vigas maestras” todo ese edificio caería, o mejor dicho no podría haberse construido como tal edificio. Entonces lo realmente importante es entender la “idea” misma de landmark, es decir el sentido metafísico que ella expresa, y del que realmente emanan esas “reglas de conducta” que organizan el buen funcionamiento de la Masonería.

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